Primero que nada, siguen bardeando y desviandose del tema principal y borro mensajes a granel, comportense.
Primero lo del "complot" o "conspiración" me parece solo una excusa, basada en nada, sin pruebas, sin estadísticas, sin números que lo sustenten. La Iglesia se las arregla bastante bien para inducir su tipo de pensamiento retrógrado a aquellos fieles borregos que la siguen. Si se legaliza el aborto no cambia nada, lo que antes era ilegal se va a hacer dentro de un marco legal y regulado.
Si quiere probar expresado en el primer mensaje del Tema, se va a tener que traer números y estadísticas reales que sustenten que en lugares donde están permitidos los abortos, hay más abortos. Asimismo, lo recomendable es una mejor educación sexual, algo en lo que paradójicamente la Iglesia tiene una opinión negativa, es decir, prefieren que sus fieles sean ignorantes y muchos.
Veamos lo que dice la ciencia, en este caso un grupo de científicos de México:
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Pronunciamiento de la Unión de Científicos Comprometidos con la Sociedad*Ante la inminente discusión que tendrá lugar en torno a la ley que permite en el Distrito Federal la interrupción voluntaria del embarazo en el transcurso de las 12 primeras semanas del mismo, los abajo firmantes, miembros de la comunidad científica nacional, nos permitimos llamar su atención sobre lo siguiente:
1- La afirmación de que “al momento de la concepción se crea un ser humano, y por lo tanto interrumpir el embarazo constituye un homicidio”,
carece de sustento científico. Al momento de la concepción lo único que se forma es una célula huevo o cigoto que, como toda célula, está viva. Pero sólo en el caso de seres unicelulares, como bacterias o protozoarios, una célula es lo mismo que un individuo biológico. En muchos organismos pluricelulares, pero en particular en los mamíferos, como los seres humanos, los nuevos miembros de la especie llegan a la existencia sólo después de un proceso de desarrollo que consta de diferentes estadios y complejos cambios cualitativos, mediante el cual adquieren las capacidades que les permiten sobrevivir independientemente del cuerpo materno. Antes de ello, existen productos en distintos estadios de desarrollo característicos de cada especie.
2- E
l desarrollo embrionario fetal no es un continuum en el que simplemente se presente un crecimiento lineal de algo ya preformado en el cigoto. La fecundación del óvulo por el espermatozoide da lugar a un cigoto diploide (una célula con dos juegos de los cromosomas humanos). Así, de la unicelularidad se pasa a la pluricelularidad (estados de mórula, blastocisto y gástrula), y sólo después del estado de blastocisto, en que se forman primero una masa interna de células que dará lugar a todo el embrión humano y, en seguida, una masa externa que formará la placenta, ocurre un proceso de invaginaciones durante el cual ciertas células del exterior del embrión migran hacia el interior del blastocisto, para eventualmente dar lugar a tres capas celulares en el estadio de gástrula: ectodermo, mesodermo y endodermo. Después se da el proceso de formación y crecimiento de los órganos de manera lenta y progresiva hasta el momento del nacimiento que, en el ser humano, ocurre normalmente a los nueve meses a partir de la formación del cigoto. El proceso de diferenciación y maduración durante una gestación normal da como resultado finalmente un organismo con la capacidad de respirar y digerir alimentos por vía oral, gracias a la funcionalidad completa de todos sus sistemas (neuronal, respiratorio, cardiovascular y digestivo, entre otros). Sólo hasta que este proceso de desarrollo se ha completado, un bebé recién nacido puede vivir fisiológica y anatómicamente de manera autónoma con respecto a la madre.
En casos excepcionales, mediante recursos médico-tecnológicos extraordinarios, es posible lograr que sobrevivan fetos y que completen su desarrollo hasta la formación que tendrían en un nacimiento natural. Ésta es una de las razones por las cuales el límite para un aborto legal en muchos países se había fijado a las 24 semanas, pues se creía que aquella era la edad mínima de gestación a partir de la cual era posible, en principio, ayudar al feto con medios médico-tecnológicos a conseguir un desarrollo equivalente al de un embarazo normal. Sin embargo, en fechas recientes se han reportado casos de fetos sobrevivientes después de 21 semanas, utilizando recursos tecnológicos muy sofisticados. Cuanto menor es la edad del feto, mayores las complicaciones médicas que sufre tanto a corto como a largo plazo.
En conclusión,
antes de que el proceso de desarrollo alcance ciertos estadios mínimos, con una duración aproximada de 21 semanas, no se puede afirmar que el feto pueda llegar a convertirse en un ser humano, lo cual, además, sólo sería viable mediante el uso de tecnologías extraordinarias de muy reciente aplicación. De lo anterior se sigue que, en virtud del complejo proceso de formación por el que tiene que pasar primero el embrión y luego el feto para alcanzar un estadio mínimo de desarrollo a partir del cual pudiera ser ayudado a alcanzar los estadios equivalentes a los que se logran en los embarazos normales, no hay razones científicas que permitan considerar que el producto de un embarazo antes de las 12 semanas es ya un ser humano, sino que únicamente constituye un estado embrionario temprano del proceso de desarrollo característico de la especie Homo sapiens.
Para decidir si hay fundamentos científicos que permitan justificar ética y jurídicamente la penalización del aborto antes de las 12 semanas, es menester que existan razones para sostener que en ese período ya se ha formado un nuevo miembro de la especie capaz de sobrevivir al independizarse de la madre. Por lo que se ha mencionado antes, no existen tales razones científicas. Un ser humano es mucho más que la suma de sus genes, y no puede reducirse al resultado de la fusión de dos gametos. Un ser humano es un sistema complejo, resultado de un proceso de desarrollo biológico durante la gestación, que culmina con el nacimiento. La creencia de que un ser humano completo ya existe desde el momento en que un óvulo ha sido fecundado deja de lado el complejo proceso de formación de los seres humanos que se ha ido comprendiendo gracias a sólidas investigaciones realizadas en una considerable cantidad de grupos de seres vivos multicelulares, incluyendo a Homo sapiens, tanto en el campo de la genética molecular y la biología celular como en el de la biología del desarrollo. Estas investigaciones demuestran que los genes son importantes, pero todos los mecanismos y procesos epigenéticos por encima de los genes también son cruciales para la formación de un ser complejo como lo es un humano.
3-
La tesis de que la interrupción del embarazo constituye un homicidio porque impide el desarrollo de un ser humano en potencia, implica que la destrucción de cualquier célula que pueda dar lugar a una persona también es un homicidio. Si este razonamiento se lleva hasta sus últimas consecuencias, se sigue lógicamente que una eyaculación durante el proceso mismo de la fecundación implica el “homicidio” de miles de seres potenciales y que, por tanto, habría que castigar al causante. El mismo razonamiento, por reducción al absurdo, se aplicaría al caso en el que se manipulan óvulos y espermatozoides para llevar a cabo la fertilización in vitro que, ciertamente, implica la destrucción de muchos gametos y cigotos.
4- Independientemente del conocimiento científico sobre el proceso de formación de un ser humano, cada persona tiene, sin duda alguna, el derecho a sostener libremente las creencias de tipo religioso, así como las convicciones morales que desee, y en virtud de ellas puede considerar reprobable la interrupción del embarazo en cualquier momento. Pero
en una sociedad democrática regida por un estado laico nadie está autorizado a imponer a los demás sus creencias religiosas ni sus convicciones morales. Quienes piensan que el aborto es inmoral, o que viola sus principios religiosos, tienen derecho a que sus creencias y sus prácticas sean respetadas por los demás, así como a poder asumirlas ante una circunstancia particular con respecto a este tema o cualquier otro. Pero para convivir armoniosamente dentro de una sociedad democrática y laica, también se deben respetar las creencias, convicciones y prácticas de quienes, por diferentes razones (médicas, económicas o de planificación familiar, así como morales), desean interrumpir una etapa del desarrollo embrionario humano en la que no hay ninguna razón científica para considerar que se está cometiendo un homicidio.5- Un estado laico como el mexicano tiene la obligación de defender los derechos humanos y promover el respeto entre individuos con diferentes creencias. Sus acciones deben enmarcarse en una normatividad jurídica y ética sustentada en conocimientos sólidos como los que, para el caso que nos ocupa, ofrece la ciencia contemporánea. También el Estado mexicano tiene la obligación, en tanto estado laico, de no tomar partido por ningún punto de vista religioso.
La penalización del aborto se basa en una particular concepción religiosa sobre el momento del surgimiento de un nuevo ser humano. Quienes creen eso, están en su derecho, debido a la libertad de culto y de pensamiento en nuestro país, pero tal concepción no puede imponerse a todos ni regir las decisiones del Estado mexicano.
El Estado mexicano también tiene la obligación de legislar con el fin de asegurar que se respete el derecho de toda mujer para ejercer su capacidad de tomar decisiones racionales y autónomas que conciernen a su salud. En particular, se debe respetar el derecho de toda mujer a decidir libremente sobre su cuerpo, sobre la base de que, antes de las 12 semanas del embarazo, el embrión no es un ser humano, ni ha alcanzado un estadio de desarrollo mínimo para hacer viable que con ayuda tecnológica llegue a serlo. Todas las mujeres, sin excepción, tienen, además, el derecho a decidir cuánta descendencia tener en función de los riesgos y costos de toda índole que implica para ellas concebir y criar un hijo.
6- La discusión acerca de la despenalización del aborto además es un problema social y de salud pública. La doctora Raffaela Schiavon de “International Projects Assistance Service (PAS)” ha proporcionado datos de la Organización Mundial de la Salud (OMS) con respecto a esto.
En países donde el aborto es legal, hay menos de 1 aborto inseguro al año por cada 1000 mujeres. En contraste, en América Latina, con leyes restrictivas, se practican más de 30 abortos inseguros por cada 1000 mujeres. Asimismo,
los datos muestran que las restricciones legales no disminuyen de facto el número total de abortos inducidos. Este es un punto muy importante porque, independientemente de la discusión científica y ética, en términos de salud pública la penalización del aborto no ha resultado una medida efectiva en defensa de la vida. Con la penalización se sigue practicando una mayor cantidad de abortos, y en condiciones más riesgosas, que propician más muertes de las que ocurren en países con leyes que no penalizan el aborto inducido. En definitiva, para proteger la vida de las personas, las leyes restrictivas no resultan efectivas, sino contraproducentes. Los datos de la OMS muestran que una de las medidas más eficientes para disminuir los riesgos y la explotación indebida de las mujeres consiste precisamente en no penalizar el aborto, permitiendo así que se realice en condiciones que garanticen la integridad física y psicológica de las mujeres.
7- Por todo lo anterior, consideramos que no deben proceder los recursos de inconstitucionalidad presentados por la Procuraduría General de la República (PGR) y la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) contra la ley aprobada en la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) el 24 de abril de 2007. Estamos seguros de que, como integrantes de esta máxima instancia de procuración de justicia de México, sabrán estar a la altura de las circunstancias, a fin de tomar las decisiones conducentes al respeto de los derechos básicos de las mujeres y a su capacidad de decidir como personas racionales y autónomas, de acuerdo con sus principios morales y con las bases científicas y médicas acerca de su cuerpo y de su vida que deben hacerse accesibles a todos. Estamos seguros de que también tomarán en consideración los conocimientos de la ciencia y evitarán basar su decisión en concepciones religiosas y morales particulares, por encima de las normas y valores éticos que deben prevalecer en una sociedad plural para permitir la convivencia de diferentes puntos de vista.
A t e n t a m e n t e
Nombre de todos los científicos firmantes
AQUI* Carta dirigida a la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
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Como podrás observar Agustín, lo que expones no tiene ningún asidero ni científico, ni estadístico, ni lógico.